Las facultades de la Comisión Europea para supervisar y hacer cumplir la EU AI Act contra los proveedores de modelos de IA de propósito general entran en vigor el 2 de agosto de 2026. Las obligaciones de base se aplican desde el 2 de agosto de 2025, pero se concedió a los proveedores un periodo de adaptación de un año antes de que Bruselas pudiera empezar a ejercer la aplicación de la norma.

Lo que los reguladores pueden hacer ahora

A partir de esa fecha, la Oficina de IA de la Comisión obtiene un conjunto definido de competencias. En virtud del artículo 91, puede exigir documentación técnica y otra información a los proveedores de modelos. En virtud del artículo 92, puede llevar a cabo evaluaciones para verificar el cumplimiento o investigar riesgos sistémicos, y puede exigir a los proveedores que permitan el acceso a sus modelos para una revisión independiente por expertos.

El artículo 93 contempla medidas correctoras. La Comisión puede ordenar a un proveedor que adecúe un modelo al cumplimiento, que aplique medidas de mitigación de riesgos o —en los casos más graves— que restrinja, retire o recupere el modelo del mercado de la UE. No responder a las solicitudes de información o no conceder acceso para la evaluación constituye por sí mismo una infracción.

La cuantía de las multas

Las sanciones son elevadas. El incumplimiento puede acarrear multas de hasta 15 millones de euros o el 3% del volumen de negocio anual global total de un proveedor, lo que sea mayor. Para los mayores creadores de modelos, la cifra basada en la facturación superaría con mucho el tope fijo, lo que da peso real a la norma frente a empresas con ingresos globales de decenas de miles de millones.

La Comisión también ha confirmado que las obligaciones de transparencia se irán incorporando en torno a la misma fecha, incluidas las exigencias de revelar contenido generado por IA y dejar claro cuándo los usuarios interactúan con un chatbot.

Primero los modelos nuevos, luego los heredados

El calendario se divide según la antigüedad del modelo. Los proveedores de modelos de propósito general puestos en el mercado después del 2 de agosto de 2025 deberán cumplir cuando comience la aplicación el 2 de agosto de 2026. Los modelos lanzados antes de esa fecha obtienen un año adicional, con fecha límite del 2 de agosto de 2027. Ese calendario escalonado da más margen a los sistemas más antiguos, pero sitúa cada nuevo modelo de frontera bajo la supervisión de la Comisión a partir del próximo mes.